Consulta indígena y educación
Señor Director: Señala el convenio 169 de la OIT, en su artículo 6, que se debe realizar el proceso de consulta cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas que puedan afectar a los pueblos originarios en forma directa. Dicha consulta debió haberse realizado en forma previa a la tramitación de la Reforma Educacional, […]
Señor Director:
Señala el convenio 169 de la OIT, en su artículo 6, que se debe realizar el proceso de consulta cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas que puedan afectar a los pueblos originarios en forma directa. Dicha consulta debió haberse realizado en forma previa a la tramitación de la Reforma Educacional, respetando los principios de buena fe y mediante un procedimiento apropiado, tal como lo señala el actual reglamento de consulta.
La Presidenta Bachelet ha invocado la consulta indígena para excusarse del nulo avance de sus propuestas en esta materia, señalando que no enviaría el proyecto que crea el Ministerio de Asuntos Indígenas, sin antes realizar la consulta indígena. No hay duda que la reforma a la educación es tan o más importante que un Ministerio de Asuntos Indígenas, pero no se ha visto un ánimo del Gobierno de llamar a consulta a los pueblos originarios en este tema, lo que anula completamente su derecho de participación. ¡Aún estamos a tiempo!
Hans Curamil Aniñir
Coordinador Políticas Públicas
Fundación Chile Intercultural