Iniciativa legislativa
Señor Director: En momentos en que se tramita en el Congreso Nacional una reforma al Código de Procedimiento Civil y la ciudadanía conoce con asombro y molestia sobre nuevas prácticas de colusión empresarial en su propio y directo perjuicio, continúa vigente en nuestro Código de Procedimiento Civil el articulado que permite al acreedor hipotecario adjudicarse […]
Señor Director:
En momentos en que se tramita en el Congreso Nacional una reforma al Código de Procedimiento Civil y la ciudadanía conoce con asombro y molestia sobre nuevas prácticas de colusión empresarial en su propio y directo perjuicio, continúa vigente en nuestro Código de Procedimiento Civil el articulado que permite al acreedor hipotecario adjudicarse en remate judicial, hasta por los dos tercios de su avalúo fiscal, el inmueble materia de la subasta, transformando la cobranza judicial en un negocio inmobiliario en perjuicio también del deudor y de su patrimonio familiar.
Ninguna causal de insolvencia, instancia procesal o circunstancias propias del remate justifican la inhibición del legislador y el silencio de la comunidad jurídica nacional ante tan desproporcionada disposición.
Se debe legislar acercando los mínimos de remates al valor comercial del inmueble, lo que privilegiaría políticas de reprogramaciones y daciones en pago sobre la judicialización del conflicto, descargando a nuestros tribunales de procedimientos y gestiones de simple cobranza.
El poder ejecutivo y nuestros legisladores deben asumir a través de la respectiva iniciativa legislativa su compromiso y representación ciudadana modificando con urgencia la comentada disposición en procura de un Chile más justo e inclusivo.
Marcos A. Ceresuela M.