¿Separados pero iguales?
Por Luis Cordero Vega
“Es legítimo que deseen que sus hijos no se junten con otros, pero no en el espacio público”.
Por Luis Cordero Vega
“No me gusta esta reforma, porque todos los niños van a estar mezclados”. Con estas palabras una apoderada expresó su malestar este fin de semana en la marcha convocada contra la reforma educacional. Semanas atrás, en una entrevista al vicario del Opus Dei a la pregunta sobre qué pensarían los apoderados de los establecimientos de la orden de ingresos altos que compartieran sala con los alumnos de ingresos bajos, éste respondió que “creía en la mezcla, pero no del de acá con el de allá, sino en una mezcla homogénea. Así es más natural, más fácil”, sostuvo.
Algo está sucediendo en el debate en torno a la reforma educacional si creemos que opiniones como éstas se pueden sostener públicamente, porque se parecen bastante, lamentablemente, a la vieja manera de justificar la segregación. La idea “separados, pero iguales” se refería a que si se reconocían las mismas oportunidades formales a todos, la separación era legítima, especialmente en materia educacional.
Cuando en 1954 la Corte Suprema de Estados Unidos resolvió el caso “Brown vs. Board of Education”, sostuvo por unanimidad que la segregación racial (discriminación por una condición aleatoria) en escuelas públicas violaba la Constitución, porque generaba un sentimiento de inferioridad que es muy difícil de superar, ya que priva a los excluidos de los beneficios de un sistema educacional integrado. Esta decisión se transformó en un símbolo colectivo y para muchos constituye uno de los precedentes más importantes en materia de igualdad efectiva de derechos.
En parte de nuestra discusión actual subyace este problema. Es legítimo que los padres quieran la mejor educación para sus hijos, es legítimo incluso que algunos deseen que sus hijos no se relacionen con otros, pero esto último, que lo pueden justificar en su vida privada, no es posible demandarlo como legítimo en el espacio público. Menos aún cuando de lo que estamos hablando es si el Estado, en la gestión de los fondos públicos, puede imponer condiciones a los establecimientos educacionales que deseen recibir subvenciones con la finalidad de proveer educación como bien público.
Es razonable en democracia que todos los interesados expresen sus opiniones y es lógico que, sin descalificaciones, aceptemos las diferencias y busquemos soluciones que beneficien a la colectividad. Sobre todo en una reforma como ésta. Pero no es admisible que para defender como legítima una posición en esta reforma estemos dispuestos a sacrificar la regla constitucional de igualdad, que precisamente permite la libertad efectiva que reclaman algunos y las oportunidades que demandan otros. Sobre todo si lo que estamos debatiendo al final del día es cómo logramos una sociedad plural e integrada.