Una modificación urgente
“La posibilidad de que la Ley de Lobby tenga las consecuencias que advierte la Cancillería justifica plenamente la decisión gubernamental de revisarla”.
La Cancillería ha enviado un requerimiento a la Contraloría General de la República para que ésta precise los alcances de la Ley de Lobby —que entrará en vigencia a partir de este viernes— en lo que atañe a la labor de los embajadores. A juicio del Ministerio de Relaciones Exteriores, la forma en que está redactada la legislación podría generar problemas para la labor de los diplomáticos, ya que la nueva exigencia legal de hacer públicas las agendas de reuniones de alrededor de 4.700 autoridades y funcionarios encierra el riesgo de violar la reserva de muchas de las conversaciones que sostienen los embajadores como parte habitual de sus obligaciones en el extranjero.
Aunque algunos personeros de la administración anterior argumentan que la ley no se presta a confusión, pues establece una clara diferencia entre las reuniones donde se realiza lobby (que deben ser registradas) y las demás, el actual Gobierno ha reaccionado anunciando el envío urgente de una modificación legal que se haga cargo del especial carácter que tiene el trabajo diplomático. La eficacia de éste depende en gran medida de la capacidad de construir relaciones de confianza con gran variedad de actores, para lo cual a menudo resulta indispensable darles certeza sobre la privacidad de sus conversaciones con los representantes de nuestro país.
Por ahora no es claro si en este ámbi to hubo una omisión inexplicable en el diseño o en la discusión parlamentaria de la Ley de Lobby, pero sí parece evidente que la sola posibilidad de que ésta tenga las consecuencias negativas que advierte la Cancillería justifica plenamente la decisión gubernamental de revisarla para evitar ese riesgo. Es de esperar que la presión del tiempo que impone la inminente entrada en vigencia de la ley no signifique enviar al Congreso una modificación apresurada que no cubra adecuadamente todos los flancos débiles que puedan restar.
Lo anterior no sólo es importante para eliminar obstáculos que dificulten a nuestros diplomáticos el cumplir eficazmente su misión ante otras naciones, sino que también porque supone perfeccionar —si bien en un aspecto muy acotado— una ley que representa un avance muy relevante para Chile en materia de funcionamiento institucional transparente y sujeto a rendición de cuentas.