El error de Josefa Errázuriz
Por Luis Cordero Vega
“Posibilitar el uso de un bien municipal a un familiar implica afectar la más elemental de las reglas de la función pública”.
El incidente ocurrido recientemente con la alcaldesa de Providencia pone en evidencia los riesgos a las cuales pueden estar sometidos los que desempeñan cargos públicos. Como se recordará, la alcaldesa facilitó un recinto municipal —para estos efectos es indiferente su condición de palacio— con el propósito de que un sobrino celebrara su matrimonio civil. Frente a la objeción planteada por los concejales, la alcaldesa respondió que había sido autorizada por el contralor municipal. Éste ha señalado que la consulta fue verbal y que anticipó que no podía utilizarse el establecimiento, sólo su oficina, por constituir un recinto de uso privado, pero fuera de la jornada de trabajo. La alcaldesa ha decidido pedir disculpas públicas por lo ocurrido.
Este incidente demuestra de un modo diáfano las exigencias a las cuales está sometida la función pública. Aunque muchos no lo entiendan, la circunstancia de desempeñar cargos públicos —sean o no de elección popular— somete a los sujetos que los ejercen a un conjunto de obligaciones superiores a las que habitualmente exigimos a cualquier persona. En este tipo de situaciones, infracciones a reglas domésticas se pueden transformar en complejos incumplimiento, y en ocasiones, en delitos perseguidos penalmente. Mal que mal, son las personas responsables de gestionar y decidir sobre nuestros asuntos colectivos.
Uno de los sectores en donde esta situación se da con más recurrencia es el municipal. La razón es simple: las capacidades están asimétricamente distribuidas en base a los recursos que disponen —aunque no es el caso de Providencia—. Deben responder a demandas locales inmediatas en donde las explicaciones sobre la necesidad de cumplir con formas previas resultan inadmisibles para muchos, una cantidad importante de sus atribuciones en sectores sensibles tienen importantes riesgos de tráfico de influencias y, por la dinámica de su representación, son muy sensibles al caudillaje.
El caso de Providencia demuestra parte de estos problemas. La mera circunstancia de posibilitar el uso de un bien municipal a un familiar —con indiferencia de si éste es una oficina de uso privado— implica afectar la más elemental de las reglas de la función pública: no tomar decisiones en las cuales existe conflicto intereses directo o de parientes. Pero además demuestra la informalidad de los controles internos del municipio, quizá la cuestión más riesgosa en este asunto. Lo ocurrido debería servir como ejemplo de que en la función pública las torpezas se pueden transformar en incumplimientos esenciales. Y ésta es una enseñanza para todos los que participan en ella.