Ley de tránsito
Señor Director: En relación con el accidente de tránsito ocurrido el pasado año en la comuna de Pelluhue, Región del Maule, el abogado don Juan Domingo Acosta afirma que una ley reciente “… establece una pena especial por el solo hecho de huir del lugar del accidente, que no estaba vigente cuando ocurrió el accidente […]
Señor Director:
En relación con el accidente de tránsito ocurrido el pasado año en la comuna de Pelluhue, Región del Maule, el abogado don Juan Domingo Acosta afirma que una ley reciente “… establece una pena especial por el solo hecho de huir del lugar del accidente, que no estaba vigente cuando ocurrió el accidente (sic)”, lo que constituye un error pues los artículos 173 y 183 de la Ley N° 18.290 (de Tránsito) tratan esta materia desde hace muchísimos años.
Atentamente,
Carlos M. Neira Muñoz
Abogado