Grandes casos, malas reglas
Por Luis Cordero Vega
“Mientras deseamos evitar relaciones impropias, promovemos el debate sobre dieta parlamentaria”.
Por Luis Cordero Vega
Hace más de un siglo, Oliver Holmes —uno de los mas destacados jueces norteamericanos— señaló que “grandes casos hacen mal Derecho”. Esto, porque una situación excepcional, común en asuntos importantes, se puede transformar en una regla general.
Algo de esto es lo que puede terminar por ocurrir si no realizamos los diagnósticos correctos. Es cierto, como se ha indicado, que la mayoría de los hechos que preocupan a la opinión pública en las relaciones entre dinero y política se encuentran regulados. Lo que sucede es que varios han prescindido de su cumplimiento. De ahí que nuestro debate actual esté sometido a una especie de moralización de la política, algo que —como advierten separadamente Moore, Koselleck y Arendt— puede terminar en integrismo.
Por eso preocupa que, al mismo tiempo que deseamos evitar esas relaciones impropias, promovamos discusiones que pueden colocar en riesgo esos propósitos, como el debate sobre los ingresos que perciben los parlamentarios por su dieta o asignaciones. Esto recuerda la vieja discusión planteada por Weber de si es conveniente tener políticos profesionales remunerados u ocasionales. La respuesta es que el sistema democrático requiere de los primeros; de lo contrario, la política se oligarquiza.
Es un asunto que históricamente nos ha costado resolver. Bajo la Constitución de 1925 se terminó por implementar un sistema en el que se entregaban fondos a los parlamentarios, pero sin obligación de rendir cuentas. Esto generó controversias, llevando a Jorge Alessandri y Eduardo Frei Montalva a proponer modificaciones y vincular las rentas de los parlamentarios a las de un ministro de la Corte Suprema.
La Constitución del 80 homologó estas rentas a las de un ministro de Estado, porque se creía que era en relación con la labor de esas autoridades a las que se podía asemejar la función de un parlamentario. El fin de esa regla era evitar que estos percibieran otro tipo de ingresos adicionales por su actividad.
La práctica de este criterio vio sus limitaciones en las investigaciones del Ministerio Público del año 2009. Por eso, se modificó la ley el 2010, creando el Consejo de Asignaciones Parlamentarias, un organismo externo para determinar el monto, destino y uso de las asignaciones. Pero esa reforma, aunque considera la existencia de un comité de auditoría, sigue dejando en manos del Congreso la decisión de obligar a un parlamentario a realizar el reintegro de los fondos cuando estos son mal utilizados, realizado en la administración pública por el Tribunal de Cuentas. Es quizás en esta parte en donde deberíamos analizar con detención las propuestas, y así evitar malas reglas futuras.