Nuevo acceso a información
Por Rodrigo Alvarez Seguel
Director nacional Sernageomin
Por Rodrigo Alvarez Seguel
Director nacional Sernageomin
En días recientes ha entrado en vigencia la Ley 20.819 que, entre otras cosas, abre acceso público a la información de recursos naturales elaborada por las empresas. Esta era una obligación contenida en el Código de Minería de 1983, que en su artículo 21 dice que “toda persona que realice trabajos de exploración geológica básica deberá proporcionar al Sernageomin la información de carácter general que al respecto obtenga”. Sin embargo, en los hechos la normativa era ‘letra muerta’, puesto que no establecía sanciones, con lo cual el Estado y la ciudadanía no podían acceder a valiosa información sobre el territorio nacional.
Durante la actividad de exploración las empresas generan enorme cantidad de información geológica, muy valiosa para conocer el patrimonio productivo y ambiental. Esta información queda guardada en los archivos de cada empresa y en la medida que ellas abandonan al país, esa información se pierde para siempre.
La nueva ley, en vigor desde el 14 de marzo, faculta al Sernageomin para multar hasta con 100 unidades tributarias anuales (UTA), cerca de 50 millones de pesos, para asegurar el imperio del Estado sobre este derecho. Con esto, la información se sumará al Archivo Nacional de Geología y Minería que administra el Sernageomin, y podrá ser conocida por la ciudadanía al invocar su derecho de acceso a información pública.
La información incluye estudios geológicos de diferentes escalas, dataciones de rocas, análisis mineralógico, químico y estudios paleontológicos. Además, estudios geoquímicos, geofísicos de detalle, mapeos geológicos de sondaje, y cualquier otro estudio o documento de carácter general que contribuya al conocimiento geológico del territorio, sin carácter estratégico para las actividades de la empresa.
El uso de esta información territorial es amplísimo, e incluye —desde lo más simple— la posibilidad de ser utilizado para profundizar la calidad de textos escolares; consultas individuales de estudiantes e investigadores; estudios aplicados sobre economía, salud pública, planificación urbana, sustentabilidad, disponibilidad de agua, etc.; mejora en la gestión de organismos del Estado; y por supuesto futuros estudios más complejos de exploración privados y públicos, sobre recursos energéticos asociados a actividad magmática, napas subterráneas y recursos minerales metálicos y no metálicos. Estos y otros estudios eran económicamente inviables antes de esta ley, pues debían partir de cero.
Finalmente, la nueva ley es un aporte a la discusión sobre el uso del suelo y subsuelo, y la soberanía sobre los recursos naturales.