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Prisión preventiva

Señor Director: Esta medida busca cautelar algo, por lo cual no constituye en sí una pena. Como en Chile se presume la inocencia hasta la sentencia, es un derecho vivir el proceso en libertad. El juicio penal juzga al autor, y desde ese punto de vista es subjetivo. Se fija en los hechos y en […]

Publicado el 17/03/2015

Señor Director:

Esta medida busca cautelar algo, por lo cual no constituye en sí una pena. Como en Chile se presume la inocencia hasta la sentencia, es un derecho vivir el proceso en libertad.

El juicio penal juzga al autor, y desde ese punto de vista es subjetivo. Se fija en los hechos y en el sujeto y sus características, y no puede prescindir de ellas al tomar sus decisiones. Por eso, llama la atención la aplicación “objetiva” de la prisión que hizo el juez del Caso Penta, por la gravedad de las penas que arriesgan los imputados, argumentando solamente en base a la entidad de aquellas al decidir. El peligro para la sociedad está en el sujeto mismo, ya que por razones de lógica nadie puede asegurar lo que pasará en el futuro en base a hechos pasados, sobre todo prescindiendo de las particularidades de los individuos.

Pero, para ser honestos, desde que se instauró el nuevo sistema ha sido constante la labor legislativa para estropear cada vez más el principio de inocencia. Varias enmiendas han sido destinadas para acorralar a los jueces en esta materia. La propia ley estipula que se entenderá especialmente la libertad como peligrosa para la sociedad si la pena asignada es de crimen. A buen entendedor…

El juez simplemente respondió a las señales que los parlamentarios llevan años enviándoles. Su tesis puede ser criticable doctrinariamente, ya que implica de cierta forma el prescindir de hacer su labor, pero condice con lo que el legislador intenta hacer hace años. Limitar de tal forma el principio, que el vivir el proceso en libertad no sea parte de él. Nadie en Chile defiende hoy la presunción de inocencia cuando se persigue a alguien más.

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