Consejos para el Consejo Asesor
Por Juan Pablo Silva Ross
Por Juan Pablo Silva Ross
Frente a la contingencia y los ánimos del país, hay una serie de ideas atingentes que el Consejo Asesor contra la corrupción tendría bien en acoger.
En primer lugar, estamos ad portas de una elección de Contralor. Sugiero que los postulantes realicen una exposición al Congreso de las propuestas que realizarán en el corto o largo plazo, y que dentro de los temas considere, entre otros, el combatir la corrupción, cohecho y tráfico de influencias en el sector público.
Dentro de las funciones de la Contraloría General de la República está lo “contable”, que debiese estar radicado en un nuevo organismo, que no dependa de otro ministerio, en lo concerniente a revisiones, visaciones y directrices públicas. Aprovechando el impulso de nuevas carteras, podría ser algo como el “Ministerio de Contabilidad del Estado”, evitando así ser juez y parte frente a futuras fiscalizaciones de la entidad contralora.
Otra medida es que el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno (CAIGG) sea reconocido por ley como un servicio autónomo y público, que rinda cuentas directamente al Presidente de turno, evitando la filtración de los propios ministros y proveyendo estabilidad a quienes trabajan en ese organismo, donde hoy proliferan contrataciones a honorarios.
Además, se deberían incorporar nuevas funciones al Consejo para la Transparencia: agregar y fortalecer las funciones sobre probidad, puesto que hoy regula temas administrativos, de plazos y no denuncias generadas en el sector público. Lo que constituiría a un organismo de monitoreo y ejecución, respecto de las propuestas de actualización y modificación de leyes que la regulan, como la Ley Nº 20.285 y los Decretos Nros. 45 y 99, entre otros.
Finalmente, sugiero modificar el Decreto Nº 45, Declaración de Patrimonio: Incluir todas aquellas que la norma señale, respecto de sanciones en caso de “omisión inexcusable” de información y que contempla —en la actualidad— sanción económica y no de destitución; tal como indica en igual circunstancia el Decreto Nº 99. Conjuntamente, revisar ambas normativas e incorporar temas relativos a probidad, cohecho y tráfico de influencias, en caso de corresponder.