Carabineros
Señor Director: El Gobierno ha impuesto a Carabineros un plazo perentorio de 24 horas para determinar responsables por lo ocurrido en Valparaíso, dando por supuesto que existen ilícitos que sancionar. Los procedimientos administrativos de Carabineros están sujetos a formalidades, plazos y recursos, en particular cuando se trata de medidas expulsivas, lo que garantiza el debido […]
Señor Director:
El Gobierno ha impuesto a Carabineros un plazo perentorio de 24 horas para determinar responsables por lo ocurrido en Valparaíso, dando por supuesto que existen ilícitos que sancionar.
Los procedimientos administrativos de Carabineros están sujetos a formalidades, plazos y recursos, en particular cuando se trata de medidas expulsivas, lo que garantiza el debido proceso. Esta normativa la contiene, entre otros, el Reglamento Número 11, que constituye el estatuto disciplinario institucional
Estos derechos básicos tienen reconocimiento constitucional. El art.19 Nro. 3 de la Carta Fundamental garantiza a toda persona el derecho a defensa jurídica, precisando que “ninguna autoridad o individuo lo podrá impedir, restringir o perturbar”, y agrega: “Tratándose de los integrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, este derecho se regirá, en lo concerniente a lo administrativo y disciplinario, por las normas pertinentes de sus respectivos estatutos”.
Cuando la autoridad impone plazos arbitrarios para sancionar, desconociendo tan gravemente la garantía constitucional del debido proceso, está incursionando fuera de los límites del Estado de Derecho.
Los carabineros no tienen más derechos que los civiles, pero tampoco menos.
Mario Cortés Cevasco
Abogado y profesor de Derecho de Carabineros de Chile